EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Revisión de Sentencia N.º 000127-2016
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/12/2019 · Exp. 000127-2016
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/12/2019 · Exp. 000127-2016
La actuación probatoria del dictamen pericial N.° 2010001004728, da cuenta de tres muestras biológicas vinculadas con el condenado JIM MARLON TRIGOSO ARTEAGA que fueron analizadas para determinar la presencia de espermatozoides, sangre y tejido, cuyo resultado fue negativo. Este Tribunal Supremo debe precisar que la no presencia de rastros biológicos en las muestras analizadas, no se vincula con el…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/12/2019 · Exp. 000089-2019
La causal prevista en el numeral dos, del artículo cuatrocientos treinta y nueve, comprende la existencia de dos o más sentencias firmes que hayan enjuiciado y condenado al mismo individuo, por el mismo hecho punible, en dos sedes jurisdiccionales. Se justifica en la superación de la transgresión a la garantía constitucional del ne bis in ídem.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/12/2019 · Exp. 000062-2019
INADMISIBLE LA ACCIÓN DE REVISIÓN DE SENTENCIASumilla. La acción de revisión resulta improcedente cuando los agravios planteados constituyen, en puridad, una revaloración de la prueba ya incorporada y valorada oportunamente en el juicio.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/12/2019 · Exp. 000024-2019
Sumilla. Es improcedente la revisión de sentencia formulada por el demandante cuando el petitorio sea jurídicamente imposible, ya que su pretensión tiene como objetivo que este Supremo Tribunal emita una nueva decisión sobre los hechos y pruebas, distinta a la efectuada en las sentencias efectuadas.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/11/2019 · Exp. 000323-2016
FUNDADA LA DEMANDA DE REVISIÓNSumilla. Esta Sala Suprema declara sin valor la sentencia del 2 de junio de 2009, en el extremo que condenó a Daniel Huamán Balqui por los delitos de homicidio calificado en perjuicio de Henry Fasanando Merino y el arrebato de un arma en perjuicio del Estado, pues se corroboró que los hechos por los que fue…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/11/2019 · Exp. 000287-2019
Sumilla. El promotor de la acción cuestiona la condena en función a la ausencia de móvil. Empero, la condena fue por un homicidio por alevosía -por la forma y circunstancias en que se mató a la víctima-. Según las sentencias cuestionadas el accionante no solo admitió los hechos en sede preliminar, sino también en sede sumarial -se mató al agraviado…
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/11/2019 · Exp. 000119-2019
El incumplimiento de las exigencias establecidas en el artículo 439 del Código Procesal Penal determina su improcedencia.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/11/2019 · Exp. 000116-2019
Improcedente la demanda de revisión pues el motivo de revisión invocado -inciso 2 del artículo 439 del Código Procesal Penal- es un medio para que el recurrente sustente su verdadera pretensión: el del reexamen probatorio. En virtud de que en sede excepcional este supuesto se excluye, la acción interpuesta se desestima.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/10/2019 · Exp. 000244-2019
Hecho o prueba nueva. La nueva prueba o nuevo hecho capaz de enervar un fallo judicial condenatorio, con autoridad de cosa juzgada debe ser lo suficientemente idóneo para cumplir su finalidad. Al no verificarse este presupuesto, la acción de revisión debe ser declarada improcedente.
EJECUTORIA SUPREMA · REVISIÓN DE SENTENCIA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/10/2019 · Exp. 000115-2019
Demanda de revisión de sentencia Sumilla. Es improcedente la demanda de revisión planteada por el recurrente al no cumplirse con el requisito de procedibilidad señalado en el inciso 4, del artículo 439, del Código Procesal Penal.