EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 002216-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/11/2021 · Exp. 002216-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 25/11/2021 · Exp. 002216-2019
Al presentarse en la argumentación vicios de motivación insubsanables, se genera la nulidad de la sentencia. Debe realizarse un nuevo juicio oral por otro Colegiado.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 05/08/2021 · Exp. 001486-2019
En el caso concreto, conforme al contenido del requerimiento descrito en el fundamento 13, no se habría cumplido con realizar un requerimiento válido para el cumplimiento de las reglas de conducta y el pago de la reparación civil, pues el citado decreto no contiene en forma expresa e inequívoca el apercibimiento que, en la eventualidad de su incumplimiento, se haría…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/08/2021 · Exp. 000684-2019
La resolución de vista incurrió en infracción del derecho a la pluralidad de instancias, motivo por el cual se declara nula, a efectos de que la Sala Superior resuelva el recurso de apelación.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/06/2021 · Exp. 000131-2020
La sentencia de instancia ha introducido una motivación irrazonable respecto de la validez de las inferencias probatorias y no ha considerado la relevancia del Informe de Auditoría, formulado por un organismo integrante del Sistema de Control. La sentencia absolutoria no es fundada.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/06/2021 · Exp. 000909-2019
SUMILLA. Las normas procesales son de orden público y estricto cumplimiento. Contra la sentencia de vista en el marco de un proceso sumario corresponde interponer recurso de queja excepcional, no el recurso de nulidad. Admitir este último significaría habilitar un reexamen probatorio como tercera instancia, lo cual desnaturaliza el proceso.