EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001614-2015
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/04/2017 · Exp. 001614-2015
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/04/2017 · Exp. 001614-2015
Los justiciables tienen la probabilidad de impugnar las decisiones; sin embargo, existen plazos perentorios para que aquel derecho pueda ejercerse.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 28/03/2017 · Exp. 001390-2016
Sumilla. Los justiciables tienen la posibilidad de impugnar las decisiones; sin embargo, existen plazos perentorios para que aquel derecho pueda ser ejercido.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/01/2017 · Exp. 000804-2016
Solo procede el recurso de nulidad para los supuestos contemplados en el artículo doscientos noventa y dos, del Código de Procedimientos Penales.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/10/2016 · Exp. 000842-2015
Los efectos benéficos de la conclusión anticipada comprenden una reducción máxima de un séptimo de la pena concreta, conforme lo establece el Acuerdo Plenario número cinco guion dos mil ocho oblicua CJ guion ciento dieciséis.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/10/2016 · Exp. 001852-2014
El recurso de nulidad debe presentarse dentro del día siguiente de la expedición de la sentencia leída en audiencia pública. El que no haya participado en el juicio oral, en tanto parte contingente, no exonera a la Procuraduría Pública de esa disposición legal terminante, pese a que indebidamente se dispuso la notificación por cédula de la referida sentencia -ese error…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/07/2016 · Exp. 002041-2014
Concurrencia múltiple de procuradores públicos en un mismo proceso penal. En el supuesto de un solo agraviado, no cabe admitir la intervención simultánea y múltiple de procuradores públicos; en tal caso, la controversia sobre la competencia se resuelve en base a criterios establecidos expresamente en el ordenamiento legal vigente.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 24/11/2014 · Exp. 000779-2014
El apartado cinco, del artículo trescientos, del Código de Procedimientos Penales, debe interpretarse y aplicarse en el sentido de que el plazo para fundamentar o formalizar el recurso impugnatorio rige desde el día siguiente del acto de interposición del citado recurso. Asimismo, las copias de las sentencias o resoluciones que se emitan y lean en audiencia, deben ser entregadas inmediatamente…