EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Recurso de Nulidad N.º 001799-2022
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/12/2023 · Exp. 001799-2022
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/12/2023 · Exp. 001799-2022
El solo hecho de que el acusado conozca al coimputado, no es prueba suficiente que acredite objetivamente algún concurso de voluntades para concertar con los funcionarios de la Municipalidad Provincial de Yungay. Debe merituarse el hecho de que el comprobante de pago por el monto de sesenta mil soles desembolsado por la Municipalidad Provincial de Yungay fue suscrito por el…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 26/04/2023 · Exp. 001531-2021
SENTENCIA ABSOLUTORIA POR INSUFICIENCIA PROBATORIALas pruebas periciales y testimoniales de descargo permiten inferir que el acusado no ha intervenido en la conformación del consorcio favorecido en el delito de colusión. Además, la Fiscalía no aportó ninguna prueba directa o indirecta que vincule al acusado con el acuerdo colusorio en la suscripción de los contratos o en su ejecución; por cuya…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 29/01/2019 · Exp. 001628-2018
Conforme con lo previsto en el artículo trescientos uno, primer párrafo, del Código de Procedimientos Penales, corresponde revocar el extremo de la sentencia recurrida (por el delito de peculado doloso) pues existe insuficiencia probatoria para justificar el juicio de condena.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 24/04/2018 · Exp. 002806-2017
La Fiscalía Suprema coincidió con la absolución recurrida por los representantes de las partes agraviadas. Asimismo, se aprecia un adecuado juicio de valoración, por lo que corresponde declarar la prevalencia del principio de jerarquía y la falta de base impugnativa.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/03/2017 · Exp. 002368-2015
No se trata de castigar cualquier concertación, sino únicamente aquellas que buscan perjudicar o las que perjudican o traen consecuencias económicas nocivas para el Estado, ya sea, por lo general, porque se paga más por un producto de una determinada calidad habiendo concierto entre las partes.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Segunda Sala Penal Transitoria · 19/01/2017 · Exp. 002047-2015
Si el Fiscal Supremo estimo justo uno absolución, no es posible que el órgano jurisdiccional decida lo contrario, puesto que es el Ministerio Público o quien le corresponde la exclusividad de la persecución penal, como titular de la acción penal.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/08/2016 · Exp. 000533-2015
No se ha establecido la existencia de perjuicio, pues no obra pericia valorativa, contable u otro medio de prueba en ese sentido. Tampoco se ha establecido que haya existido la intención de causar perjuicio al Estado, pues más allá de imputarse que se recibió un dinero por la compra de los vehículos, no se estableció que sin esta acción el…
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/02/2016 · Exp. 000597-2015
Los indicios que pesan sobre la responsabilidad de los procesados, no están probados, pues no son suficientes y no tienen fuerza acreditativa para sostener una sentencia condenatoria.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 10/11/2015 · Exp. 001305-2014
Del examen de los actuados no se ha demostrado, ni siquiera indiciariamente, la vulneración de los roles especiales por parte de los procesados, en sus condiciones de funcionarios o servidores públicos en calidad de representantes del Estado, mediante concertación dolosa con terceros, menos aún, perjuicio patrimonial de índole potencial.
EJECUTORIA SUPREMA · RECURSO DE NULIDAD
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 07/10/2015 · Exp. 002712-2014
La prueba actuada a lo largo del proceso penal no es suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que asiste a los inculpados, por lo cual ha de mantenerse la sentencia impugnada.