EJECUTORIA SUPREMA · NULIDAD
Nulidad N.º 000729-2012
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/03/2013 · Exp. 000729-2012
De acuerdo al Principio de Ne Bis In Idem ,cuando en el Fuero Militar se declara fundada la excepción de cosa juzgada, ésta no puede ser merituado nuevamente en el fuero común al existir una resolución definitiva que pone fin al proceso.