EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000126-2021
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/12/2021 · Exp. 000126-2021
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/12/2021 · Exp. 000126-2021
Extradición activa procedente. Se declaró procedente la solicitud de extradición activa formulada a la República Argentina, respecto del ciudadano peruano JORGE LUIS YAMPUFE POZO, en el marco de lo establecido en el Tratado de Extradición correspondiente. Rige el principio de reciprocidad.Se dio cumplimiento a las disposiciones normativas que subyacen de los artículos 518, 525 y 526 del Código Procesal Penal…
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/12/2021 · Exp. 000125-2021
Al cumplirse con los correspondientes presupuestos formales establecidos en el tratado del que los países son parte, procede la Extradición.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/12/2021 · Exp. 000019-2020
Al converger -favorablemente, en este caso- la observancia de disposiciones normativas, convencionales y legales, previstas para los fines de la extradición activa, esta última deviene en procedente, correspondiendo expedir la decisión consultiva y remitir el cuaderno al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad con el numeral 2 del artículo 526 del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/05/2021 · Exp. 000030-2021
Corresponde la devolución del cuaderno de extradición activa, cuando la demanda es defectuosa, lo cual exige que el órgano jurisdiccional de origen subsane sus omisiones.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/04/2021 · Exp. 000025-2021
Extradición Activa. La solicitud de extradición activa que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo quinientos dieciocho del Código Procesal Penal y en el Tratado de Extradición del país requerido, debe ser declarada procedente.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/04/2021 · Exp. 000017-2021
La solicitud de extradición formulada en contra del reclamado debe ser declarada procedente, al haberse cumplido con los presupuestos materiales y formales, en el marco de las relaciones internaciones entre las repúblicas de Perú y Argentina, así como el procedimiento interno previsto en los artículos quinientos veinticinco y quinientos veintiséis del Código Procesal Penal vigente.