EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000211-2019
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/01/2020 · Exp. 000211-2019
La falta de un tratado de extradición entre dos países, no determina la improcedencia del planteamiento extradicional, puesto que en su defecto se deberá regir por el principio de reciprocidad en un marco de respeto de los derechos humanos, los que han sido garantizados en el proceso para cuya ejecución se solicita.