EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Extradición Activa N.º 000065-2026
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/05/2026 · Exp. 000065-2026
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/05/2026 · Exp. 000065-2026
Procedencia de la solicitud de extradición activa Es procedente la solicitud de extradición activa cuando cumple con los requisitos señalados en el Tratado bilateral de Extradición suscrito entre la República del Perú y la República de Italia.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/01/2026 · Exp. 000003-2026
Procedente la extradición activa. Se ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 525 del Código Procesal Penal peruano, así como a los requisitos establecidos en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España; por lo tanto, la solicitud de extradición debe ser declarada procedente.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/07/2025 · Exp. 000116-2025
Extradición pasiva y entrega de bienes incautados procedente. Se cumplieron las disposiciones normativas del Tratado de Extradición y del Código Procesal Penal peruano. Por tanto, se declara procedente la solicitud de extradición pasiva formulada por las autoridades judiciales de los Estados Unidos de América respecto al ciudadano brasileño NASCIMENTO DE ANDRADE, para su juzgamiento por el delito de asociación ilícita para…
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 27/12/2024 · Exp. 000259-2024
Extradición pasiva procedente. Se cumplieron las disposiciones normativas del Tratado de Extradición y del Código Procesal Penal peruano. Por tanto, se declara procedente la solicitud de extradición pasiva formulada por las autoridades judiciales del Reino de España respecto al ciudadano español ANTONIO FORNS MONTON, para su enjuiciamiento por los delitos de falsedad en documento público y estafa.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 20/09/2024 · Exp. 000194-2024
En cumplimiento de las obligaciones derivadas del derecho internacional en materia de extradición entre la República del Perú y el Reino de España (detalladas en el considerando primero), y según lo dispuesto en el artículo 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, corresponde emitir la resolución consultiva correspondiente.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/09/2024 · Exp. 000157-2024
Se dio cumplimiento tanto a lo previsto en el artículo 518 del Código Procesal Penal peruano como a los requisitos establecidos en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República de Colombia; por lo tanto, la solicitud de extradición debe ser declarada procedente.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/09/2024 · Exp. 000180-2024
Procedencia de la extradición pasiva simplificada. En el presente caso, no existe tratado bilateral de extradición entre la República del Perú y la República Checa, por lo que, en atención al principio de reciprocidad, es aplicable lo dispuesto en los artículos 516 y siguientes del Código Procesal Penal sobre la extradición pasiva. Verificado que se cumple con los presupuestos previstos para…
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 15/07/2024 · Exp. 000113-2024
En materia de extradición, las relaciones entre la República del Perú y la República Italiana se encuentran reguladas en el Tratado de Extradición suscrito por ambos países y, conforme a los pactos que lo integran, se da debido cumplimiento a los presupuestos de procedencia de la extradición.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 29/09/2023 · Exp. 000090-2023
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · EXTRADICIÓN ACTIVA
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/05/2023 · Exp. 000060-2023
La reclamada se sometió a la extradición simplificada o voluntaria, reconocida por el artículo 17 del tratado de extradición y del artículo 523-A del Código Procesal Penal. Al no existir obstáculo de Derecho Internacional o de Derecho Interno para la aceptación de la solicitud de extradición, cabe aprobarla sin más trámite. Se han cumplido los presupuestos materiales y formales…