EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Consulta N.º 000082-2024
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2024 · Exp. 000082-2024
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2024 · Exp. 000082-2024
Si el señor Procurador Público noexpresa agravios en el trámite de laconsulta, de conformidad con el numeral 6del artículo 4 del Decreto Legislativo 923,corresponde dejar sin efecto la consulta yfirme la resolución elevada.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 04/12/2024 · Exp. 000075-2024
La prescripción se erige en una institución de relevancia constitucional, cuyo sustento nos remite al fin mismo de todo Estado constitucional y de derecho, esto es, a la protección de la persona, porque resulta contrario a la dignidad humana que el Estado amenace, en cada caso concreto, con ejecutar su potestad punitiva sin limitación temporal alguna. Se trata de una…
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/11/2024 · Exp. 000046-2024
El artículo 6 del Decreto Legislativo 923establece que las resoluciones que pongan fin a la instancia serán elevadas en consulta al órgano jurisdiccional superior en grado cuando sean desfavorables al Estado.Asimismo, el referido decreto legislativoestablece que el procurador público debeexpresar sus agravios hasta dos días antes de la vista de la causa; en caso de no hacerlo se declarará…
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/11/2024 · Exp. 000060-2024
Si el señor Procurador Público noexpresa agravios en el trámite de laconsulta, de conformidad con el numeral 6del artículo 4 del Decreto Legislativo N.° 923,corresponde dejar sin efecto la consulta yfirme la resolución elevada.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/10/2024 · Exp. 000037-2024
Si el señor Procurador Público noexpresa agravios en el trámite de laconsulta, de conformidad con el numeral 6del artículo 4 del Decreto Legislativo N.º923, corresponde dejar sin efecto laconsulta y firme la resolución elevada.