EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Consulta N.º 000032-2024
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/11/2024 · Exp. 000032-2024
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/11/2024 · Exp. 000032-2024
Elevado en consulta un auto quedesfavoreció al Estado y puso fin a lainstancia, el procurador público debióexpresar sus agravios hasta dos días antes de la vista de la causa; al no haberlohecho, deberá dejarse sin efecto laconsulta y, en consecuencia, queda firmedicha resolución.
EJECUTORIA SUPREMA · CONSULTA
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/10/2024 · Exp. 000048-2024
1. La consulta se encuentra regulada en el artículo 6 del Decreto Legislativo 923 (norma aplicable a los procesos judiciales por delito de terrorismo) y faculta a la Sala Penal Superior a elevar las resoluciones que pongan fin a la instancia cuando sean desfavorables al Estado. 2. La admisibilidad de dicha consulta se encuentra regulada en el inciso 6 del…
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 18/07/2017 · Exp. 000003-2017
Se debe acreditar el fallecimiento del encausado con documento oficial idóneo, para la extinción de la acción penal.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 01/09/2016 · Exp. 000001-2016
El sistema procesal peruano no se rige por un sistema tasado de valoración probatorio, por lo que la muerte del procesado puede ser acreditada con la pericia de bilogía forense.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/11/2015 · Exp. 000006-2015
Concierne dejar sin efecto la consulta y aprobarse la resolución de su propósito, por cuanto el Procurador Público no expresó agravios hasta dos días antes de la vista de la causa, pese a estar legalmente exigido para analizar el fondo del asunto.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/08/2015 · Exp. 000016-2014
Cuando queda comprobada fehacientemente la muerte del encausado, no resulta necesario efectuar la elevación de la causa en consulta al Superior Tribunal, puesto que el poder persecutorio del Estado quedó agotado y se torna imposible proseguir el encausamiento para todo efecto. Se trata de una excepción razonable a la regla legal de tal consulta.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/07/2015 · Exp. 000035-2014
Si el Procurador Público no cumple con presentar agravios dos días antes de la vista, la Sala Penal dejará sin efecto la consulta y declarará firme la resolución que la originó.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/05/2015 · Exp. 000066-2014
Para emitir pronunciamiento respecto a la consulta elevada por la Sala Penal Superior se requiere que el Procurador Público exprese agravios en el plazo de Ley.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 07/05/2015 · Exp. 000060-2014
La Procuraduría Pública no esgrimió agravios hasta dos días antes de la vista de la causa, conforme con lo dispuesto por el Decreto Legislativo número novecientos veintitrés, por lo que corresponde dejar sin efecto la consulta y firme la sentencia.
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Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/07/2014 · Exp. 000010-2014
Concierne dejar sin efecto la consulta y aprobarse la resolución de su propósito, por cuanto el Procurador Público no expresó agravios hasta dos dias antes de la vista de la causa, pese a estar legalmente exigido para analizar el fondo del asunto.