EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 001113-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/12/2018 · Exp. 001113-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/12/2018 · Exp. 001113-2018
El recurso de casación interpuesto es admisible por los motivos casacionales estipulados en los incisos cuatro -motivación de las resoluciones judiciales- y cinco -apartamiento de la doctrina jurisprudencial- del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 21/11/2018 · Exp. 000991-2018
El recurso de casación interpuesto es admisible pues se advierte la presencia del motivo casacional estipulado en el inciso tres del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 29/10/2018 · Exp. 000439-2018
El recurso interpuesto, que cumple con la exigencia de fundamentación del motivo casacional, debe ser admitido. Los fundamentos sobre los que se determina la admisibilidad son potenciales, pues será la vista de la materia de fondo la que determine la configuración de los motivos propuestos.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/09/2018 · Exp. 000673-2018
El recurso de casación interpuesto debe admitirse pues este Tribunal advierte la presencia de dos motivos casacionales al momento de expedirse la resolución de vista, a saber: los incisos dos y tres del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 17/08/2018 · Exp. 000776-2018
El recurso de casación interpuesto es admisible por corroborarse la presencia del motivo casacional estipulado en el inciso dos del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/08/2018 · Exp. 001440-2017
El recurso de casación interpuesto es admisible pues se advierte la presencia del motivo casacional estipulado en el inciso cuatro del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/07/2018 · Exp. 001690-2017
Debe admitirse el recurso de casación pues se advierte la presencia de motivos casacionales -incisos dos y cuatro del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal-.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 25/05/2018 · Exp. 000277-2018
Deben admitirse los recursos de casación interpuestos por cuanto se advierte la presencia de los motivos casacionales estipulados en los incisos dos, tres y cuatro del artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/05/2018 · Exp. 000208-2018
El recurso de casación interpuesto es admisible al observarse que el Ad quem vulneró el derecho de motivación de las resoluciones judiciales -inciso cinco del artículo ciento treinta y nueve de la Constitución-. Por ello, al contemplar el inciso cuatro del artículo cuatrocientos treinta y nueve del Código Procesal Penal -motivos de casación- dicha infracción como requisito de admisibilidad, el…