EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002772-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/11/2025 · Exp. 002772-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 06/11/2025 · Exp. 002772-2023
La recurrente propuso un tema para el desarrollo de doctrina jurisprudencial, pero este carece manifiestamente de fundamento. Por lo tanto, el recurso de casación debe ser desestimado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/09/2020 · Exp. 001126-2018
El delito de falsa declaración en procedimiento administrativo exige que la falsa declaración en relación a hechos o circunstancias que corresponde probar al agente se realice en un procedimiento administrativo. 2. No solo puede entenderse que la actuación de la Administración Pública se circunscribe exclusivamente a las denominadas & que el proceso de selección ";quot;Es un procedimiento administrativo especial conformando…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 28/10/2019 · Exp. 000674-2018
El delito de falsa declaración en procedimiento administrativo no diferencia entre uno contencioso y uno no contencioso, por lo que ha de entenderse la amplitud manifiesta de este elemento normativo -que abarca todos los tipos de procedimientos administrativos que regula la ley- e insistirse en que lo relevante es la veracidad de los hechos o las circunstancias que justificaron la…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 03/08/2018 · Exp. 000674-2018
Si el Tribunal de Casación, de manera discrecional, sobre la base de lo planteado por las partes, observa que existe la necesidad de verificar la debida interpretación del delito de falsa declaración en procedimiento administrativo, declarará el denominado &" y admitirá el recurso.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/03/2018 · Exp. 000255-2017
La interposición del recurso de casación, bajo el fundamento del artículo 427, inciso cuatro, del Código Procesal Penal, demanda la puntualización del desarrollo de la doctrina jurisprudencial que se pretende y conforme con el artículo 430, párrafo uno, debe puntualizarse la causal que sustenta la pretensión.