EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000600-2018
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/08/2018 · Exp. 000600-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/08/2018 · Exp. 000600-2018
Sumilla. El recurso de casación excepcional, previsto en el numeral cuatro, del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Procesal Penal, exige no solo se consigne el tema de desarrollo jurisprudencial, sino también los fundamentos adicionales o puntuales que justifiquen el desarrollo de la misma, relacionado a su propuesta, conforme a lo dispuesto por el numeral tres del artículo cuatrocientos treinta del…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/08/2018 · Exp. 000406-2018
Sumilla. En el recurso de casación no se puede pretender que la Sala Superior se pronuncie por las premisas arribadas por la defensa que constituyen hechos aislados a los hechos, pues ello colisiona con su naturaleza y fines.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/08/2018 · Exp. 000417-2018
Sumilla. En el recurso de casación, no se puede pretender un reexamen de los medios probatorios aportados en el proceso, pues ello colisiona con su naturaleza y fines.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 14/08/2018 · Exp. 000448-2018
La casación excepcional tiene un carácter discrecional para este Supremo Tribunal que verificará si los fundamentos del recurrente coadyuvaran a enriquecer y desarrollar la doctrina jurisprudencial; pues esta no debe limitarse a transcribir y divagar en un cúmulo de teorías, sino que deberá argumentar: a) la justificación que propone para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial; b) el estado de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/08/2018 · Exp. 000379-2018
La casación excepcional tiene un carácter discrecional para este Supremo Tribunal, que verificará si los fundamentos de los recurrentes coadyuvarán a enriquecer y desarrollar la doctrina jurisprudencial; pues esta no debe limitarse a transcribir y divagar en un cúmulo de teorías, sino que deberá argumentar: a) La justificación que propone para el desarrollo de la doctrina jurisprudencial. b) El estado…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 20/07/2018 · Exp. 000358-2018
A partir de los argumentos que sustenta el recurrente puede advertirse que están dirigidos a que este Supremo Tribunal realice un análisis independiente y nuevo de los medios de prueba actuados y valorados por las instancias de mérito a través del principio de inmediación, publicidad y contradicción; invocación que no es de recibo puesto que como ya se señaló al…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 13/07/2018 · Exp. 000227-2018
El recurso de casación carece manifiestamente de fundamentos y no es posible admitirlo.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/07/2018 · Exp. 000167-2018
Al imponer al recurrente una pena superior a la solicitada por el fiscal, se habría incurrido en una inobservancia de las normas legales de carácter procesal (inciso 3, del artículo 397, del Código Procesal Penal) y es, en este extremo, bajo la causal prevista en el inciso 2, del artículo 429, del Código Procesal Penal, y no por vulneración del…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 02/07/2018 · Exp. 001656-2017
El recurrente pretende que se revisen temas relacionados con la valoración de las pruebas aportadas en el proceso, lo que no está permitido vía recurso de casación, ya que admitirlo generaría que este Supremo Tribunal se convierta en una instancia ordinaria. Lo que se denuncia, en pureza, es el juicio de culpabilidad del Tribunal de Mérito, lo que está al…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/06/2018 · Exp. 000254-2018
Si bien el recurso de casación invoca el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que prevé el inciso 4, del artículo 427, del Código acotado, no se advierte argumento alguno sobre la necesidad del desarrollo de la doctrina jurisprudencial; por lo que el recurso planteado carece manifiestamente de fundamento y no es posible admitirlo.