EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000919-2020
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/10/2021 · Exp. 000919-2020
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 22/10/2021 · Exp. 000919-2020
i. El recurrente interpuso recurso de casación excepcional y formuló temas para desarrollo de doctrina jurisprudencial, sin embargo, carecen de interés casacional al estar dirigidos únicamente a la problematización del caso en particular y no ser de interés general.ii. Del control del razonamiento efectuado por la Sala de Apelaciones en la recurrida, se advierte que ésta motivó el auto…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/10/2021 · Exp. 000910-2020
El sentenciado Ronald Javier Villalobos Checa invocó la causal de procedencia del recurso de casación prevista en el inciso 4 del artículo 427 del Código Procesal Penal e indicó que es necesario el desarrollo de la doctrina jurisprudencial nacional; sin embargo, no expuso la incidencia favorable y la ayuda que brindaría dicho desarrollo a la actividad jurisdiccional nacional. Además, los…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/06/2021 · Exp. 000505-2020
Cuando se interpone un recurso de casación en su tipo excepcional la propuesta expresa o tácita del tema de desarrollo de doctrina resulta ser un presupuesto de procedencia, cuyo incumplimiento implica la inadmisibilidad del recurso.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/10/2020 · Exp. 000329-2020
Inadmisibilidad del recurso de casación. El recurrente invocó las causales 1 y 4 del artículo 429 del Código Procesal Penal; sin embargo, los argumentos que sustentan su recurso no se condicen con las referidas causales e incumplen las exigencias previstas en el artículo 430, numeral 1, del código acotado. En consecuencia, el recurso de casación ha de ser desestimado.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 13/03/2020 · Exp. 000747-2019
Inadmisibilidad del recurso de casación excepcional. El pedido de desarrollo de doctrina jurisprudencial, no es suficiente para considerar que presenta interés casacional; por consiguiente, al no haberse constatado la existencia de la motivación específica en su recurso, como corresponde a la excepcionalidad del planteamiento, la postulación debe ser desestimada.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/10/2019 · Exp. 001894-2018
La casación excepcional para desarrollo de doctrina requiere consignar adicional y puntualmente las razones que la justifican. Sin embargo, la procedencia del mismo siempre se encuentra condicionado a la discrecionalidad de la Corte Suprema.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 06/09/2019 · Exp. 000316-2019
La única manera para que proceda un recurso de casación contra una resolución que resuelve una prisión preventiva, es mediante la casación excepcional (desarrollo de doctrina jurisprudencial en un tema propuesto). En el presente caso, el recurrente no interpuso este tipo de casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 08/03/2019 · Exp. 001436-2018
La casación excepcional interpuesta es inadmisible. Se advierte que el impugnante pretende el reexamen probatorio, supuesto no estipulado como motivos casacional en el artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 22/02/2019 · Exp. 001376-2018
La incoación del proceso inmediato se ajusta a derecho; pues, la evidencia del hecho y de la autoría del imputado no ofrece dudas; asimismo, el recurrente no cuestionó el supuesto de flagrancia en su momento inicial y el desarrollo del proceso penal no perjudicó el derecho a la prueba del imputado. Por lo tanto, no se afectó el debido proceso…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/12/2017 · Exp. 000880-2017
Cuando se invoca la casación excepcional, el recurrente deberá consignar adicional y puntualmente, las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende.