EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000298-2018
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/06/2018 · Exp. 000298-2018
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/06/2018 · Exp. 000298-2018
No se cumplió con lo previsto por el artículo cuatrocientos treinta, apartado tres, del Código Procesal Penal, referido a la consignación adicional y puntual de los fundamentos que sustentan el desarrollo de una doctrina jurisprudencial correcta.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 14/11/2014 · Exp. 000119-2014
La admisión de la casación excepcional deberá cumplirse de acuerdo con lo establecido en el inciso tres, del artículo cuatrocientos treinta del Código Procesal Penal, en el cual se precisa que el recurrente debe consignar adicional y puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende.