EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 002828-2023
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/06/2026 · Exp. 002828-2023
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 19/06/2026 · Exp. 002828-2023
I.DECLARARON NULO el concesorio del 26 de junio de 2023 e INADMISIBLE los recursos de casación interpuestos por Sergio Luis Ibáñez Ruiz , Johannes Raúl Chavez Luján y Gary Eliot Castillo Ramos contra la sentencia de vista del 17 de mayo de 2023 , emitido por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura, la cual…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 18/06/2026 · Exp. 002767-2023
Corresponde complementar el cuaderno de casación por secretaría de la Sala Penal de la Corte Suprema, cuando se requiera piezas adicionales relevantes para la calificación del recurso.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 16/06/2026 · Exp. 002737-2023
inadminsible no existe vulneracion a los derechos del recurrente. doble conforme
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 11/06/2026 · Exp. 002670-2023
Inadmisibilidad de los recursos de casación. Los recursos de casación interpuestos se dirigen contra la sentencia de vista que confirmó la condena contra los recurrentes en todos sus extremos. Es patente que estamos ante una causal de inadmisibilidad regida por el principio del doble conforme, prescrito en el artículo 428.1.d del CPP, concordante con el artículo 393.1.c…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/06/2026 · Exp. 002616-2023
I. La causal de inadmisibilidad del artículo 428 del CPP, en rescate y optimización de los derechos fundamentales al plazo razonable, a la seguridad jurídica, a la predictibilidad de las decisiones judiciales y a la igualdad procesal, impone examinar con atención que el literal d) del inciso 1 del mencionado artículo adjetivo prescribe lo siguiente: & además, no podría ser de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 09/06/2026 · Exp. 002618-2023
Casación inadmisible. Al no existir cuestionamiento relevante, acorde con lo establecido en nuestra normativa, y no advirtiendo excepción alguna al principio del doble conforme, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación y, por ende, declarar nulo el auto concesorio emitido por el Tribunal Superior.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 04/06/2026 · Exp. 000332-2023
Inadmisibilidad de los recursos de casación. Los recursos de casación interpuestos se dirigen contra la sentencia de vista que confirmó la condena contra los recurrentes en todos sus extremos. Es patente que estamos ante una causal de inadmisibilidad regida por el principio del doble conforme, prescrito en el artículo 428.1.d del CPP, concordante con el artículo 393.1.c…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 02/06/2026 · Exp. 002508-2023
Sin sumilla oficial. El texto completo está en el PDF.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/06/2026 · Exp. 002401-2023
Casación inadmisible por el principio doble conforme, incluido en el artículo 428.1.d del CPP, además por promover la realización de nueva valoración probatoria en sede casacional.I. En optimización de los derechos fundamentales al plazo razonable, a la seguridad jurídica, a la predictibilidad de las decisiones judiciales y a la igualdad procesal, se impone atender la causal de…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 01/06/2026 · Exp. 002399-2023
Inadmisible casación por no justificación de casuales invocadas. El recurrente no justificó de manera adecuada y específica las causales casatorias invocadas. Por tanto, no se detallaron con la precisión requerida las infracciones casacionales propuestas. Por consiguiente, no se cumplieron las exigencias del inciso 1 del artículo 430 del Código Procesal Penal. En consecuencia, el recurso de casación es inadmisible.