EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000734-2019
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/07/2020 · Exp. 000734-2019
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 09/07/2020 · Exp. 000734-2019
Sumilla. Es admisible el recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público al haber cumplido con todos los requisitos de admisibilidad y procedencia fijados en los artículos cuatrocientos cinco, cuatrocientos veintisiete y cuatrocientos treinta, del Código Procesal Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 21/01/2020 · Exp. 001135-2019
El numeral cuatro, del artículo cuatrocientos veintisiete, del Código Procesal Penal permite al Tribunal Supremo que, excepcionalmente, pueda aceptar el recurso de casación cuando se estime imprescindible para el desarrollo de doctrina jurisprudencial, con el objetivo de cautelar la observancia de las garantías constitucionales y la correcta aplicación e interpretación de la ley; claro está, bajo las exigencias especiales establecidas…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/01/2018 · Exp. 001032-2016
La admisibilidad del recurso de casación surge de la concordancia de los artículos cuatrocientos cinco, cuatrocientos veintiocho y cuatrocientos treinta, primer apartado, del Código Procesal Penal, y al cumplirse las exigencias materiales cabe que se declare bien concedido.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 23/06/2017 · Exp. 000853-2016
Corresponde pronunciarse sobre el fondo de la pretensión del recurrente, pues ha cumplido con los requisitos previstos en los artículos 405, 428 y 430, del Código Procesal Penal para declararse bien concedida la casación.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 03/02/2017 · Exp. 000454-2016
Con independencia de su fundabilidad, se denuncia la vulneración de las exigencias de la garantía de presunción de inocencia, por lo que es del caso conocer sobre el fondo del asunto. La valoración errónea, objeto de denuncia casacional, por el contrario, no es causal de nulidad procesal; y, la motivación como garantía es ajena al ámbito del análisis del testimonio…