EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Casación N.º 000008-2021
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/11/2021 · Exp. 000008-2021
Jurisprudencia penal · Corte Suprema
Ordenadas de la más reciente a la más antigua
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 19/11/2021 · Exp. 000008-2021
Ausencia de interés casacional. Sumilla. El recurso de casación se limita a cuestiones de estricto derecho y aplicación normativa material, la observancia del debido proceso y el respeto de la jurisprudencia ya establecida. Contrario a lo expuesto por la defensa recurrente, la condena penal impuesta se basó en pruebas suficientes, plurales y coincidentes entre sí, actuadas sin transgresión del principio…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/09/2020 · Exp. 000296-2019
Cuando se invoca la casación excepcional, no basta con pretender que un tema se desarrolle, ni expresar argumentos genéricos sobre la correcta aplicación de la ley a criterio de cada recurrente, lo esencial es la justificación sobre lapresencia de un genuino interés casacional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 31/07/2020 · Exp. 000762-2019
. No corresponde admitir el planteamiento ordinario de casación, dado que el delito materia de acusación no supera el límite de seis años, que se establece en el literal b, del inciso 1, del artículo 427, del Código Procesal Penal
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 17/07/2020 · Exp. 002087-2019
Por estos fundamentos, los jueces y las juezas integrantes de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, ACORDARON:I. DECLARAR NULO el auto concesorio del veintidós de octubre de dos mil diecinueve (foja 258); en consecuencia, INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el FISCAL SUPERIOR PENAL DE LA CUARTA FISCALÍA SUPERIOR PENAL DE…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 16/07/2020 · Exp. 001880-2019
Los temas propuestos por las casacionistas para el desarrollo de doctrina jurisprudencial no seencuentran adecuadamente motivados, algunos plantean cuestiones contradictorias contranormas legales y otros carecen de interés casacional, por lo que debe declararseinadmisible el recurso de casación excepcional.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 15/07/2020 · Exp. 000678-2019
Sumilla. La viabilidad del recurso de casación está sujeta a la acreditación de alguna de las causas que prevé el artículo cuatrocientos veintinueve del Código Procesal Penal; de no justificarse alguna corresponderá declarar su inadmisibilidad.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 08/07/2020 · Exp. 000841-2019
Sumilla. El supuesto de excepcionalidad de la casación, está sujeto a que se consigne adicional y puntualmente las razones que justifican el desarrollo de la doctrina jurisprudencial que pretende el interesado, de conformidad con lo previsto en el numeral tres del artículo cuatrocientos treinta del Código Procesal Penal; caso contrario devendrá la inadmisibilidad.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 12/03/2020 · Exp. 001785-2019
El interés casacional es lo que caracteriza al recurso de casación excepcional, pues exigeun nivel de argumentación claro, sólido y suficiente que motive la necesidad de unpronunciamiento, tal como lo precisa el numeral 3, del artículo 430, del Código Procesal. Penal.
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 11/03/2020 · Exp. 001696-2019
I. Declarar NULOS los autos concesorios, contenidos en las resoluciones números 16, 17 y 18 del diecinueve de agosto de dos mil diecinueve; en consecuencia, INADMISIBLES los recursos de casación interpuestos por las defensas de los procesados: a) Jorge Joaquín Allende La Fuente, b) Kevin Brayan Pillihuamán Yucra y Solange Indira Pillihuamán Yucra y c) Esther Jenny Falconí Alcántara contra…
EJECUTORIA SUPREMA · CASACIÓN
Corte Suprema · Sala Penal Transitoria · 29/11/2019 · Exp. 000024-2019
Cuando se invoca la casación excepcional, no basta con pretender que un tema se desarrolle, ni expresar argumentos genéricos sobre la correcta aplicación de la ley a criterio de cada recurrente; lo esencial es la justificación sobre la presencia de un genuino interés casacional.