EJECUTORIA SUPREMA · APELACIÓN
Apelación N.º 000234-2024
Corte Suprema · Sala Penal Permanente · 12/08/2025 · Exp. 000234-2024
Se ha producido la causal de extinción de la acción penal prevista en el artículo 78, inciso 1, del Código Penal (muerte del imputado).Como se trata de un impedimento procesal, se puede deducir de oficio. No es posible que la causa continúe su tramitación cuando el imputado falleció, pues no tendría ningún efecto procesal.